viernes, 26 de febrero de 2016

El Camino hacia el cese del conflicto con las FARC - La firma del cese del conflicto Parte II


Contando con un plazo apenas suficiente para finiquitar los puntos faltantes, es necesario ubicar una estrategia que haga posible la firma del acuerdo final. En este sentido, tuve el placer de conversar con el asesor jurídico de las  FARC para el proceso en La Habana, doctor Enrique Santiago, quien me atendió desde España. Cabe anotar que el mismo doctor Santiago señaló no ser “el abogado de las FARC” puesto que estas no se encuentran enfrentando un juicio en la Habana.
A partir de ello, pudimos trazar una interpretación sobre lo que puede ser una salida que permita el fin del conflicto. Una opción que posiblemente cuente con el aval de las FARC. Esa ruta se construye a partir de hechos interdependientes y que deben ser considerados en su conjunto, incluyendo algunos que deben ser implementados en paralelo y coordinados en su desarrollo.

Por principio, la firma de un acuerdo de paz debería ser el fin de un proceso inicial, que sirva de entrada a un paso siguiente. No es recomendable firmar un acuerdo para que luego del mismo, y dentro de un plazo, por ejemplo, se estén entregando las armas a un tercero.

Es prioritario dar plenas garantías de seguridad en la Zona de Concentración. La seguridad a ser prestada por el Estado considera la protección tanto de la zona de concentración como de los líderes visibles del proceso. En ese sentido, debe ser una zona cerrada, con acceso restringido a prensa, y particulares. No hay lugar a proselitismo armado en esta fase.
Concentración de Tropas FARC. 

Las FARC hablaron de 88 territorios. El Gobierno defiende que debe haber un solo territorio, únicamente. Se sabe que hay ocho puntos concretos de operación de la avanzada de Naciones Unidas que viene a apoyar ese punto lo cual permitiría concluir que las zonas de concentración pueden ser ocho. Estas deben cumplir ciertas condiciones, como permitir el albergue y la alimentación de no menos de 1000 guerrilleros que aspiren a dejar las armas. La concentración de tropas podría estar acompañada por la declaración del cese bilateral de hostilidades. Hasta ese punto sería ver la mayor demostración de la voluntad de paz de las FARC seguida de un gesto de confianza de parte del gobierno
Definición de Situación Jurídica (Amnistía o cesación de la acción penal)

Estando concentradas las FARC, tal como lo reclamaba el líder de la oposición, se necesita resolver asuntos jurídicos penales cruciales para poder avanzar. Se necesita aprobar una amnistía respecto a todos, todos los delitos amnistiables conforme al derecho internacional. No son amnistiables los graves crímenes de guerra, los delitos de lesa humanidad y el genocidio. Serán por tanto amnistiables el delito de rebelión y los delitos conexos a este, que se definirán en la ley de amnistía. Aquellos rebeldes que no sean responsables de crímenes internacionales serán amnistiados.

Por tanto el grueso de las filas FARC de combatientes que no cometió delitos de lesa humanidad se hace acreedor de una cesación de la acción penal.
Dejación de Armas

Está más claro cómo no será la dejación de armas, pues es un asunto que implica logística impecable y participación de terceros. Implica que en simultánea de todos los lugares de concentración, las armas de las FARC serían entregadas y confiadas a un tercero que sirve de garante quien disfruta de la plena confianza de las partes y supervisará la destrucción del arsenal. Es un acto de gran simbolismo en el que las FARC renuncian a la política armada.

No veremos el modelo de entrega de armas tipo M19 sino más bien una figura parecida a lo acontecido con el IRA en Irlanda del Norte. Para ejecutar lo anterior está acordada una Misión de Observación Internacional, en concreto, tal y como se ha anunciado, por la ONU y CELAC, previa aprobación del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Reincorporación a la Civilidad

Cumplidas las anteriores etapas, el estado tendrá listo el plan integral de reinserción, en el cual acoge a cada uno de los ex combatientes individualizados con programas que garantizan seguridad, educación y empleabilidad a futuro.
Este sería el sistema que viabiliza el éxito del acuerdo de paz, expuesto de manera que sea claro de entender para cualquier interesado. Esta es información objetiva para que desde el más férreo opositor al proceso hasta el más ferviente defensor de del mismo, se ofrezcan criterios para avalar o desechar el acuerdo.

¿Luego entonces qué se puede anticipar?

Se acerca  el momento en el deberemos preguntarnos si votamos por el SÍ, o por el NO, frente a un escenario potencial que tiene estas características:

1. Justicia restaurativa para sancionar conductas de todos los actores del conflicto, incluidos guerrilleros, civiles y militares, restringiendo su libertad, y privando de derechos y libertades entre 5 a 8 años, con beneficios reales para  la víctima a quien le sirve la verdad para sanar. Y 20 años de pena de cárcel para quien incumpla o no aporte a la verdad. Por tanto, no puede seguirse diciendo que “es un acuerdo de Impunidad.” Reparación real o simbólica.

2. Es indiscutible que habrá participación política para las FARC, aunque la forma de dicha participación (que podría llegar a incluir curules directas) está por definirse. Las FARC confluyen en un partido político legítimo aspirando al poder como cualquier otro. 

3. Desmovilización completa como fuerza guerrillera armada. Dejación efectiva de armas.

4. Fin a la participación de FARC en cultivos ilícitos por lo que se desprende un  desligue total del nuevo actor político con el narcotráfico.

5. Desarrollo rural integral como política de estado como quedó expuesto en Parte I.

6. Reconocimiento y reparación de víctimas, y garantía de no repetición. Reconocimiento de responsabilidad de todos los actores armados participantes del conflicto armado. Aceptación de las normas civiles y el estado de derecho colombiano.
Frente a estos hechos que dan certeza plena una vez se firme el acuerdo, puede imaginarse un acto político de refrendación de lo acordado en forma integral, unos 60 días después de la firma. Tiempo necesario para socializar, comunicar,  hacer pedagogía e invitar a votar.
Sin duda, para un acuerdo como el descrito anteriormente le digo SÍ sin vacilar. Entiendo y conozco los riesgos potenciales que un acuerdo de esta magnitud implica, pero me resultan ínfimos frente a la certeza del dolor y el estancamiento que aseguran la guerra.
Por ello es necesario defender el Acuerdo de Paz, reconociendo también dos cosas: los inmensos desafíos  que la firma del cese del conflicto nos demanda a todos los colombianos, y la encomiable tarea de los equipos negociadores, especialmente la de aquel que nos representa. Todos los honores y agradecimientos a Humberto de la Calle, Sergio Jaramillo, y Frank Pearl, así como a todo ese equipo de colombianos brillantes y conocedores de una fórmula que está haciendo posible acordar un cese del conflicto armado colombiano.
Agradecimientos al doctor Enrique Santiago por una amable e interesantísima conversación, y a Hernando Mestre y Erica Avila por sus esfuerzos de corrección de texto.
Luis Carlos Jacobsen
@LuchoJacosen
Febrero 25 de 2016

El Camino hacia el cese del conflicto con las FARC - Lo que está acordado hasta el momento - Parte I




Es importante conocer el contenido del acuerdo para el cese del conflicto con las FARC. Su realización depende de que los colombianos dejemos atrás varios mitos que se han creado desde el inicio de la negociación, para poder comprender su conveniencia no solamente para el país, sino para el día a día de nuestras vidas. Por lo tanto, resulta útil conocer los puntos principales del mismo, los cuales, partiendo fielmente de los textos finales se pueden resumir así:
·      Política de Desarrollo Agrario Integral como Política de Estado


Significa concentrar la atención del Estado en las necesidades del campo, que han sido desatendidas por gobiernos sucesivos durante décadas. Este  enfoque tiene como objetivo elevar el nivel de vida del campesino colombiano, para reducir y, eventualmente, eliminar  la brecha económica y de desarrollo humano frente  al nivel urbano.
Lo anterior implica que el acuerdo conduzca a satisfacer una necesidad apremiante para el agro colombiano, y de esta manera mejorar la productividad del campo e incrementar los ingresos de los campesinos. Se abre la ruta para la producción agroindustrial en extensas zonas rurales, estimulando la efectividad en el uso del suelo y reduciendo las tierras ociosas. El acuerdo también permite la formalización de la propiedad, cuya ausencia ha sido una notable desventaja para el patrimonio campesino.


Otro aspecto fundamental del acuerdo señala que el  Estado se compromete a garantizar la devolución de siete millones de hectáreas que han sido arrebatadas a seis millones de campesinos. Importante analizar las bondades de los acuerdos para el desarrollo social integral de las regiones campesinas, y  su incorporación a la normalidad del Estado
Los anteriores son tan sólo algunos de los beneficios para el agro que entregaría el acuerdo en mención.
·       Participación política


Es un hecho comprobado en el mundo que ningún conflicto armado interno puede finalizar adecuadamente sin la generación de un pacto de participación política. Se trata del resultado de una negociación, que busca garantizar la entrega de armas pero requiere contraprestaciones. .
El concepto se denomina “Armas por Urnas” e implica que las propuestas políticas serán dirimidas a través del proceso democrático y pacífico mediante la votación ciudadana. Al final del día, es la población colombiana quien elige a sus representantes. Este punto asegura una verdadera solución política a un conflicto de orígenes políticos, mientras que abre la democracia a sus reales alcances, y crea rutas para nuevos jugadores en el debate político al facilitar la entrada de nuevas opciones ciudadanas. Así, queda deslegitimada y anulada la opción de guerra en el monte, que cambia por participación democrática y respeto al Estado de Derecho. La participación política de las FARC implica, a su vez, el reconocimiento de ese grupo de apegarse a la civilidad y a las normas del Estado colombiano como grupo guerrillero desmovilizado.
El Estado, por su parte, adquiere el importante compromiso de  garantizar la posibilidad de que la oposición política ejerza su actividad con seguridad, sin riesgo de ser exterminados. Casos como el de  A luchar, o el de la Unión Patriótica, no pueden repetirse. Es decir, nunca más se usarán las armas contra la oposición política ni las armas tendrán cabida alguna en cualquier aspiración política.
·      Desmonte de los cultivos ilícitos


El  acuerdo también exige a las FARC compromiso y acción relacionados con el desmonte de la operación de cultivos ilícitos.
Los compromisos adquiridos por las FARC no finalizan allí: Vale la pena un reconocimiento frente a la no cabida dineros ilícitos en la política legítima colombiana. Ello contribuye a desactivar tales prácticas ilegales y de corrupción.


Es importante anotar, sin embargo, que si bien las FARC se comprometen a poner fin a la posibilidad de utilizar cultivos ilícitos en función de la rebelión, en ausencia del grupo  permanece  el riesgo de reactivación del negocio por parte de bandas criminales.   


Acuerdo de Justicia Transicional


Al contrario de lo que lo que la oposición dice y repite, el acuerdo no contempla  impunidad, dado que se trata de un acuerdo fundado en justicia restaurativa que orienta su atención a la sanación de las víctimas, previo reconocimiento pleno de la responsabilidad del victimario y de sus derechos violados. Ofrece en esencia aportar la Verdad en Comisión Solemne, para que la víctima tenga la opción de desvelar el pasado y quizás inclusive llegar a perdonar si encuentra arrepentimiento y condiciones. Ejemplos de la Comisión de la Verdad sudafricana sobran para ilustrar esta institución.
También contempla un Tribunal Especial de Paz, compuesto por magistrados independientes, que  se ocupa de los delitos no amnistiables e impone  SANCIONES PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD, incluyendo reclusión; pero la sanción no termina allí puesto que obliga a la compensación del daño causado mediante trabajo verificable, pensando en resarcir a las víctimas. Es un castigo real porque restringe la movilidad y reviste tiempos a cumplir antes de normalizar la vida. El acuerdo define bien la diferencia entre Privación de la Libertad y Restricción de Derechos y Libertades, separándolos y haciéndoles efectivos.
Si se incumple el acuerdo o se falta a la verdad, la pena de cárcel que se impone será de 20 años. De esta manera, el acuerdo arroja resultados mucho más completos que la renombrada pena de cárcel de 8 años, propia de la Ley de Justicia y Paz que fue aceptada por gran parte de colombianos que hoy critican el acuerdo de paz con las FARC.
Estos son los puntos principales acordados que pueden llegar a ser realidad. Sin embargo, la culminación definitiva del conflicto armado está en riesgo todo el tiempo que se demore su firma. Aumenta la desconfianza cuando hechos injustificados como los de Conejo, Guajira, puedan restarle credibilidad al proceso.
Por ello, el acuerdo necesita definiciones finales. Eso significa que se deben  surtir los grandes temas pendientes como dejación de armas, concentración de guerrillas, declaración de amnistía de los delitos que son amnistiables, definición concreta de los delitos que NO son amnistiables, seguridad de las guerrillas y desmovilización completa.


Luis Carlos Jacobsen
@LuchoJacosen
Febrero 25 de 2016




lunes, 8 de febrero de 2016

¿SÓLO 8 AÑOS DE CÁRCEL Y YA?



El partido Centro Democrático y muchos de sus seguidores llevan 3 años tergiversando y desfigurando la agenda de paz y los acuerdos derivados que se han ido alcanzando. Su campaña presidencial se montó sobre una crítica a "la paz castrochavista" que se estaba fraguando sobre la nación y a espaldas del pueblo. Sus seguidores dejan entrever una obstinación radical por defender que no hay negociación posible con las FARC distinta a una rendición o sometimiento donde les podamos imponer un castigo. Es su idea de buena negociación: "Que el estado no pierda, que no se entregue el país a las farc, que no nos arrodillemos frente a ellos"

Su tipo de justicia que no es otra que la existencia de una pena de cárcel real, con barrotes, durante 8 años para los jefes de las FARC, les facilitaría estar más listos para avalar el acuerdo. Dejemos por ahora de lado la obstinación de algunos por restringir además los derechos políticos en un conflicto de origen político.

¿Será cierto que la pena de cárcel es lo mejor que podemos diseñar como forma de justicia?

¿Sería posible que cualquier opositor a la paz pudiera al menos sopesar lo que a continuación describo?

En verdad entonces,  si nos ponemos a pensar lo que nos aleja de un acuerdo con el partido que se opone a una salida negociada sobre el fin del conflicto con las FARC es la pena de 8 años. Y que quede la contraparte sujeta a la inseguridad de ser extraditados.  

Veamos otras ideas.

El modelo de justicia restaurativa no se enfoca en la pena y el castigo para el victimario sino resarcir a la víctima en su dolor y posible reparación.

Por eso quien acude ante la JEP (Jurisdicción Especial Para La Paz)  lo hace con el ánimo de contar la verdad y reconciliarse. 

Solemnemente, frente a un tribunal, y a la cara de las víctimas. Sin ser algo fácil de saltarse engañando a una sala que lo escucha. Y a los ojos de la víctima. N es ningún chiste. Es un criminal reconociendo su culpa.


Acuerda con la víctima una forma de reparación. Quizás pida perdón. De pronto éste  le sea otorgado. De repente no...


Y a partir de ese momento se valora el caso y se le condena a una sanción restrictiva de la libertad de 5 a 8 años. Confinado. Sembrando o desminando. Trabajando para reparar el daño. Y si incumple faltando a la verdad, o no da garantía plena de no repetición lo esperan 20 años de pena de prisión.

El acuerdo de paz no contempla impunidad. Jurídicamente hablando el delito no queda impune y el victimario tiene una carga en favor de la víctima además de la la restricción de su libertad. 

Yo digo SÍ a una forma más elevada de justicia. La justicia restaurativa se ocupa de las víctimas. No del victimario. La verdad es todo lo que una mamá espera para sanar su dolor.

La bandera uribista de No Impunidad puede y debe ser confrontada porque este modelo de justicia del acuerdo de paz, nos acerca mucho más a asumir la conciencia de que todos los habitantes de esta nación que necesitamos perdonarnos y perdonar también. Este modelo nos implica responsabilidades. La paz de Uribe se conforma con mandar a la cárcel al delincuente y ya está. Sin Comisión de la Verdad. Sin participación política del enemigo que por el acuerdo de paz pasó a ser un contendor político.. 

Lo que para mí es claro es que conciben ese acuerdo como forma necesaria de humillar a las  FARC, de verlas vencidas lejos siquiera de que eso pasara en el campo militar. No los vencimos. Solo los debilitamos hasta llevarlos a negociar. No se pudieron tomar el poder. A cambio negociamos haciendo mutuas concesiones. Yo prefiero haber acabado el conflicto en una mesa de negociación que persistir en ablandar a la guerrilla hasta someterlos durante tiempo incierto y con víctimas colombianas de lado y lado.

Yo creo que la paz está cerca y la vamos a defender porque es la paz para todos los colombianos.


Luis Carlos Jacobsen
Febrero 7 de 2016