lunes, 10 de noviembre de 2025

La verdad incómoda del Palacio de Justicia

        Créditos al Archivo fotográfico de El Espectador 

El 6 y 7 de noviembre de 1985 no fueron solo una tragedia: fueron un espejo perverso que todavía nos devuelve un reflejo que preferimos no mirar. El M-19 convirtió el corazón de la justicia en rehén. Y el Estado, en su supuesta misión de rescate, lo redujo a ruinas. La toma fue un crimen. La retoma, otro distinto, más amplio y más imperdonable, porque provino de quien tenía la obligación institucional —y ética— de proteger la vida. Ese es el punto que este país aún se resiste a entender.

La condena al M-19 no admite matices. Fue un acto criminal en toda regla: secuestro masivo, homicidio, uso de explosivos dentro de una sede judicial y sometimiento de cientos de personas al terror. Nadie sensato va a romantizar un ataque armado contra el Estado y contra civiles. La operación guerrillera violó la democracia, la vida y el principio más básico de convivencia: no convertir al otro en botín. Ese es un hecho y no merece ninguna relativización.

Pero aquí es donde la discusión suele enturbiarse. La responsabilidad del Estado, en cambio, es distinta y más pesada. No porque el uniformado valga más o menos que el insurgente, sino porque el Estado no es un actor más en el tablero: es quien debe custodiar la vida, incluso la del criminal. Y en el Palacio, el Estado falló de manera flagrante. Usó tanques contra pisos donde había rehenes, ignoró las súplicas del presidente de la Corte Suprema, permitió desapariciones forzadas, torturas y ejecuciones extrajudiciales. Lo hizo con poder legal, con estructura institucional y con una cadena de mando que decidió actuar como si el enemigo fuera la vida misma.

No lo digo yo: lo dicen las sentencias del Consejo de Estado, de la Corte Suprema y, sobre todo, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que condenó a Colombia por desapariciones, torturas y ejecución de civiles bajo custodia militar. Cuando un grupo insurgente comete atrocidades, traiciona la ley. Cuando lo hace el Estado, traiciona su razón de ser. Y eso no se puede maquillar con palabras como “exceso”, “confusión” o “operación compleja”. La desaparición forzada nunca es un “exceso”: es un crimen de lesa humanidad.

Las desapariciones son la zona más oscura del Palacio. Once personas —empleados de la cafetería, visitantes y una guerrillera— salieron vivas del edificio. Vivas. Registradas. Con nombre propio. Después fueron conducidas bajo custodia militar. Y luego… nada. Silencio. Olvido deliberado. Años de versiones contradictorias, de cuerpos mal identificados, de expedientes empantanados. Todo un aparato institucional trabajando más duro para encubrir que para esclarecer. Eso es lo que hace insoportable este capítulo de nuestra historia: no solo lo que pasó en la retoma, sino todo lo que se hizo para que no pudiéramos nombrarlo.


Créditos al Archivo fotográfico de las 2 Orillas

Por eso hay que decirlo sin rodeos: es inaceptable que un Estado —nuestro Estado— haya cometido actos criminales de la misma naturaleza que un grupo insurgente. Pero aún más grave: lo hizo desde el uniforme, desde la autoridad legal, desde el deber de proteger. El uniforme no puede ser un escudo para la barbarie. Si permitimos eso, si lo justificamos o lo relativizamos, erosionamos la democracia desde adentro.

Cada tanto reaparece un argumento particularmente torpe: “¿Por qué unos militares están presos y los del M-19 quedaron libres?”. La respuesta es sencilla, pero exige pensamiento crítico. Los guerrilleros fueron amnistiados por un proceso de paz legal, validado por el Estado, con el propósito explícito de reducir la guerra y evitar más muertes. Una amnistía no es absolución moral: es un mecanismo jurídico para cerrar un conflicto. Y quienes se acogieron debieron reconocer su responsabilidad, no desfilar ondeando banderas como si hubieran ganado algo distinto a la posibilidad de reincorporarse.

Los militares condenados, en cambio, no están presos por “defender al país”. Están presos por torturar, desaparecer y asesinar ciudadanos usando el poder del país. No cayeron por cumplir el deber, sino por traicionarlo. Hay una diferencia moral y jurídica gigantesca entre “combatir una guerrilla” y desaparecer a un civil desarmado que salió con vida del Palacio. Pretender meter esas dos cosas en el mismo costal es un insulto a la inteligencia y a la decencia.

Lo más doloroso es el silencio cómplice que hemos arrastrado por décadas. Ese gesto colectivo de mirar hacia otro lado. De repetir que “así era la guerra” o que “algo habrán hecho”. El Estado no puede operar bajo esa lógica. Una guerrilla puede pedir amnistía; el Estado no puede desaparecer ciudadanos. Una insurgencia puede violar la ley; el Estado no puede violar la Constitución a nombre de la ley.

Esta columna no absuelve a nadie. Reconoce las responsabilidades de ambos actores, pero las distingue, porque el país necesita madurez para diferenciar entre quien actúa al margen de la ley y quien actúa en su nombre. La ciudadanía puede perdonar; el Estado no puede torturar. La guerrilla puede reincorporarse; el Estado no puede borrar personas de los registros.

El Palacio de Justicia sigue ardiendo en nuestra memoria. Arde no porque queramos vivir encadenados al pasado, sino porque ese incendio nos recuerda la primera obligación de un Estado decente: proteger la vida, incluso en medio del terror. Cuando el Estado falla ahí, no es un “error”: es un quiebre moral.

Si este país quiere sanar, necesita decir la verdad sin temblar: la guerrilla atacó la justicia; el Estado la traicionó.

Y esa diferencia lo es todo.


Citas y fuentes clave 

“La insurgencia convirtió la justicia en rehén; el Estado, que debía rescatarla, la hizo desaparecer.” Sustenta con Corte IDH + CSJ + CE. corteidh.or.cr+1

“El Palacio no ardió solo por el M-19; ardió también por tanques que dispararon donde había rehenes y por cadenas de mando que prefirieron el arrase a la vida.” Rama Judicial

“Cuando el Estado desaparece a sus ciudadanos, deja de ser Estado de derecho: es crimen de lesa humanidad, no ‘excesos’.” (núcleo de la sentencia Corte IDH). corteidh.or.cr


  • Rama Judicial – “Memoria Viva” (micrositio oficial): cronología, número de víctimas, lista de desaparecidos, síntesis de fallos (CSJ/CE). Rama Judicial

  • Corte IDH, caso “Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) vs. Colombia”, 14/11/2014: sentencia de fondo (desaparición, tortura, ejecuciones). corteidh.or.cr

  • CNMH – Especial 30 años: contexto, hallazgos y avance (incluye identificación de restos y estado de investigaciones). Centro Nacional de Memoria Histórica

  • CSJ, AP6599-2024 (trámite de revisión) y antecedentes SP3956-2019 (casación Arias Cabrales). archivodigitalapi.cortesuprema.gov.co+1

  • Wikipedia (uso de contraste rápido, no como fuente principal): síntesis de cifras y secuencia; siempre cruza con fuentes primarias. Wikipedia

No hay comentarios:

Publicar un comentario